POR UNA REPÚBLICA DE MUNICIPIOS LIBRES DE MÉXICO.

Fabricante de Espejos
Mario Hernández Solorio

POR UNA REPÚBLICA DE MUNICIPIOS LIBRES DE MÉXICO.


“ Estamos en un mundo tan singular que el vivir solo es soñar y la experiencia me enseña que el hombre que vive...sueña”. Parafrasear a Calderón de la Barca es el mejor antídoto para sobrevivir ésta época de campañas políticas sin propuestas de verdadera trascendencia, mientras que la patria se desangra.

Por tanto, urge atender lo verdaderamente trascendente y esto lo es el federalismo y la autonomía municipal y como los seudo políticos se dedican más a vivir que a soñar. Pocos han advertido que SI el federalismo sirve para centralizar poderes antes dispersos, como aconteció en Estados Unidos, también puede ser utilizado para descentralizar poderes anteriormente unificados, según ha sucedido en estados originariamente unitarios como México.

Ergo, si el sistema federal se soporta gracias una técnica constitucional que cada país utiliza para su conveniencia y eficacia, porqué entonces no echar andar esa rancia quimera. Claro, si. Me refiero a ese sueño en donde el municipio alcanza en toda su dimensión y trascendencia el concepto de autonomía, liberándose de los grilletes que establece el artículo 115 Constitucional.

O romper las camisas de fuerza que disponen que las legislaturas locales tengan facultades para suspender ayuntamientos; revocar el mandato de algunos de sus miembros, e incluso declararlos desaparecidos, es el mas claro lenguaje de castración, cooptación y antítesis de la llamada autonomía municipal que pende como una espada de Damocles sobre la cabeza de los Ayuntamientos ... “ Sueña el rey que es rey y vive con este engaño mandando, disponiendo y gobernando...”.

El Municipio apareció por primera vez en el Derecho Público de Roma. Con el paso del tiempo y aprovechando la debilidad de la monarquía durante la Edad Media la antigua municipalidad, ahora con influencia germánica fortaleció su independencia especialmente en España. A partir de entonces se ha convertido en un abanderado natural de la libertad.

Sería incomprensible la idea del municipio libre en México sin conocer primero la idea moderna del sistema federal. Esta forma de gobierno ha sido determinada por los Estados Unidos de Norteamérica.

El federalismo norteamericano nació y se desarrolló antes y después de la guerra de Independencia (1775-- 1783). Se reunió un congreso de representantes de las asambleas de las siete colonias y adoptó el llamado “Plan de Unión de Albany,” cuyo artífice fue Benjamín Franklin. Aquel primer y original programa de gobierno federal en el año de 1754 es considerado punto de partida de todas las elaboraciones posteriores. Sin embargo este congreso no fue aceptado por las asambleas coloniales, al considerar que no debían ceder en ninguna forma la facultad de impuestos y tarifas.

Por iniciativa de la cámara de Massachussets en octubre de 1765 se reunió en Nueva York el Primer Congreso Intercolonial de tendencias revolucionarias que censuró la ley del timbre. Ahí nació el primer concepto de americanismo, cuando el representante de Carolina del Sur dijo: “ Debemos mantenernos firmes en el basto campo de los derechos naturales. Aquí no debe haber ni ciudadanos de Nueva York ni de Nueva Inglaterra, si no que todos nosotros somos americanos” .

Cuando Inglaterra pretendió castigar a Massachussets, las demás colonias hicieron causa común con ésta, lo que dio la pauta para el primer congreso continental y madurar el constitucionalismo de Norteamérica .

Contrariamente a la espontánea naturalidad que dio vida al pacto federal en Estados Unidos, México ya existía como estado unitario cuando se adoptó y copió la forma de gobierno norteamericana en 1824.

Al consumarse la independencia de México en 1821, no eran varios estados los que surgían a la vida independiente, sino un estado unitario que correspondía al antiguo virreinato. Los diputados al primer constituyente reunido en 1822, mandaron a sus representantes previamente declarados unidos al nuevo estado unitario, incluidas las entidades de América Central ( que no habían pertenecido a la Nueva España ) para después enviar a sus representantes a dicho Congreso.

Disuelto por Iturbide el primer Constituyente estalló la rebelión de la Casa Mata encabezada por Santa Ana. Despertando la ambición de las diputaciones provinciales de la Constitución de Cádiz. Pero, es a la caída del imperio de Agustín de Iturbide y reinstalado el constituyente, cuando algunas provincias exigieron la implantación del novedoso sistema federal.

El Segundo Congreso Constituyente expidió su Acta Constitutiva el 31 de enero de 1824. Fue ahí donde se consignó la primera decisión genuinamente constituyente del pueblo mexicano y en ella aparecieron por primera vez, de hecho y de derecho los estados. Con anterioridad no existían de derecho. Tampoco existían de hecho, porque los amagos de secesión por parte de algunas provincias como Oaxaca, Jalisco y Zacatecas precedentes inmediatos de la adopción del sistema, no pueden interpretarse como integración de hecho de estados independientes porque nunca llegaron a constituirse, sino como medio de apremio y forma de rebeldía, que después se ha repetido en nuestra historia siempre que las autoridades de un estado declaran que éste “ reasume su soberanía”. En suma en lugar de que los estados hubieran dado vida a el “ACTA” como en Estados Unidos de América, aquí el “ACTA” engendró a los estados.

Como expusimos anteriormente Si el federalismo sirve para centralizar poderes antes dispersos, debe ser utilizado para descentralizar poderes anteriormente unificados, siguiendo la más pura de nuestra raíz histórica. Porque ¿ Que aportan realmente los estados a la federación y a los municipios ?

Diseccionar el federalismo es una forma de descentralización. Tres son sus grados: la comuna o municipio, que goza de cierta autonomía administrativa dentro del marco y bajo la tutela del estado central; la provincia autónoma que alcanza determinada autonomía política, pero cuya constitución le es impuesta por el estado dominante; el estado miembro o federado que goza de autonomía constitucional.

El municipio libre también es un fenómeno de descentralización. Pero hasta hoy no ha logrado gobernarse a sí mismo¿ Porqué ? La ley que crea los organismos municipales y los dota de competencia es expedida por las legislaturas de los estados. Carece entonces el municipio de la autodeterminación legislativa.

Esto es una realidad que injuria la autonomía municipal, porque se le excluye y se le discrimina ante la posibilidad de otorgarse su propia ley. Aún los llamados estatutos autónomos como el Bando de Policía y Buen Gobierno no pueden estimarse como actos legislativos a pesar de su generalidad, sino como un desarrollo de las leyes expedidas por el órgano legislativo central, dejando en claro que la expedición de la ley orgánica municipal, en ningún caso compete al órgano municipal lo que va en armonía con el principio de la división de poderes, que no tolera la ampliación de la función legislativa a otro titular según es el poder legislativo. La Constitución colocaba al municipio libre en la base de la división territorial y de la organización política y administrativa de los estados.

Excluida la competencia legislativa, surge la precisión de la descentralización municipal, lo que nos lleva inexorablemente al artículo 115 de la Constitución Federal, que se refiere al municipio libre, que en su fracción III, determina: “ Que los municipios serán investidos de personalidad jurídica para todos los efectos legales”.

El primer acto de gobierno de Hernán Cortés al pisar tierra mexicana fue la fundación de Veracruz, con cabildo propio, quien al otorgar al conquistador, en ausencia del rey , los títulos de justicia mayor y capitán general, lo dotó de las atribuciones de que carecía para emprender la conquista.

El municipio era el nombre de una división territorial y administrativa; jamás fue una entidad política como la de España, y con ese carácter no existió en la época colonial ni ha sido posible crearlo después.

Las constituciones federalistas olvidaron la existencia de los municipios y fueron las constituciones centralistas los que se preocuparon por organizarlas y darles vida. El acta constitutiva, la constitución de 1824, el acta de reformas de 1846, y la constitución de 1857 no dedican ni un solo artículo a los ayuntamientos. Estos desde la Independencia hasta el triunfo de la república, resienten el desorden que privaba.

El constituyente de Querétaro por primera vez, se preocupó por llevar a la Constitución el principio de la libertad municipal. No obstante adolecía de un elemento que le era indispensable: la autonomía financiera. Esta coyuntura causó discrepancias, dividió y desorientó al constituyente del 17. La premura con la que se llevaron a cabo las asambleas del constituyente de Querétaro dejaron carencias sustanciales: la defensa del municipio frente al estado a través de un sistema de garantías y la autonomía financiera para que el municipio alcanzara su rango constitucional de libertad.

Ello ha sido coyuntura aprovechada por las constituciones de los estados para socavar al municipio y ha constituido un valladar para acceder a la democracia. A partir de entonces ha habido diversas reformas al artículo 115 que únicamente han maquillado el texto, sin liberar las verdaderas cadenas que impiden que el municipio alcance una verdadera autonomía. Las obligaciones mínimas ( agua potable y alcantarillado, alumbrado público, limpia pública, mercados y centrales de abasto, panteones, rastro, calles, parques y jardines, seguridad pública y tránsito) constituyen una camisa de fuerza, excluyente de problemas torales como la economía, la explotación y preservación de sus recursos naturales, la explotación de puertos y plataforma marina, meta recursos culturales, programas ecológicos integrales, reestructuración territorial destinado ampliar el fundo legal de los municipios, la preservación, difusión y promoción de el patrimonio cultural, expedición de franquicias municipales, ampliación y captación de los recursos a su hacienda y la facultad de legislar y codificar un derecho urbano que recopile en un Corpus Juris la actual legislación dispersa e insuficiente sobre estos temas que están fuera de las obligaciones mínimas, y por ende no alcanzan la categoría de rango constitucional. En fin, nada que ver con las dádivas que hoy recibe.

La huida del país de 15 millones de campesinos empobrecidos es prueba irrefutable del fracaso del estado federado y su Statu Quo, sin embargo no hay caminos cerrados, históricamente el estado federado hasta hoy ha sido un simple recaudador y pésimo administrador, que ha dejado de lado su función política al convertirse en estados de represión contumaz hacia las masas de campesinos y trabajadores empobrecidos por crisis recurrentes, gobernados por ejecutivos interinos.(Chiapas o Guerrero, Oaxaca, B. California, Quintana Roo). Generador de una cada vez mas densa, cara e ineficaz burocracia, convirtiéndose en un batiente coptador de la autonomía municipal.

El amplio espectro del federalismo permitiría intentar un ejercicio no concebido hasta ahora, es plausible entonces proponer LA DESAPARICIÓN DE LOS ESTADOS FEDERADOS Y EN SU LUGAR, FORMAR LA “ REPÚBLICA DE MUNICIPIOS LIBRES DE MÉXICO”, para darle su real dimensión a la descentralización que persiguen ambas entidades sin que exista autoridad intermedia entre ellas, previa reformas constitucionales necesarias.
http://fabricantedespejos.blogspot.com/2008/10/eliminacin-del-fabricante-es-la.html

Esto tendría un impacto inicial: reforzar la identidad cultural, política, social y económica de las regiones y localidades, por encima de meras divisiones territoriales, administrativas y políticas de membrete y en el peor de los casos de caprichos de gobernantes como Santa Ana que agrandaba y empequeñecía el estado según su particular e intimo estado de ánimo. Por fortuna, el pueblo ha sabido preservar sus raíces, las costumbres de sus regiones para ser verdaderamente universales, perdurando a través del tiempo, como es el caso de las huastecas, pero que jamás han repuntado precisamente por los motivos expuestos.

Una herramienta útil sería tomar lo mejor de la globalización como es la tecnología de punta en materia de comunicaciones, para sendos efectos: Fortalecer nuestra identidad, ingresar al comercio virtual mundial y galvanizar nuestra concepción de patria, al evitar en los duros tiempos por venir, las tentaciones de pulverizar al país como el Plan Puebla _Panamá, que se pretende aprovechar de las inmensas riquezas de los subsuelos municipales, por lo que se debe salir al paso a esa locura y codicia.

“ Es verdad, reprimamos esta fiera condición, esta furia , esta ambición...”. No olvidemos que Estados Unidos tiene como costumbre desmembrar las regiones más ricas del planeta, para engullirlas irremediablemente.

Cierto esto puede inscribirse como una revelación profana del fabricante de espejos. Pero. “ ...¿Que es la vida ? Un frenesí. ¿ Que es la vida ? Una ilusión, una sombra, una ficción, y el mayor bien es pequeño. Que toda la vida es sueño…Y los sueños...sueños son.”
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